Cómo desafectar un trabajador de una empresa con un ERTE por fuerza mayor
En el caso de haber presentado un ERTE por causa de fuerza mayor, tanto para Pymes como Autónomos, el reinicio de la actividad puede hacerse de una vez para recuperar totalmente la actividad o de manera parcial. Para ello se deberá presentar en los órganos utilizados para presentar el ERTE, que son el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
COMUNICACIÓN AL SEPE
Una vez hecha la renuncia al ERTE, se presentará ante el SEPE el modelo de solicitud unificado en formato excel donde se cumplimentará la siguiente información:
1- CCC de la empresa (Código de Cuenta de Cotización)
2- Número de trabajadores que finalizan el ERTE
3- Fecha de baja en la prestación (primer día de trabajo)
Para llevar a cabo el reinicio de forma parcial, se debe rellenar el modelo de solicitud unificado parcial donde se reflejará:
1- NIE/NIF de los trabajadores que finalizan el ERTE
2- CCC del centro del trabajo
3- Fecha de baja de la prestación
4- Indicar el % de la jornada con la que cada trabajador se incorpora.
Los archivos para presentar se deben hacer llegar al SEPE antes del día 25 del mes que proceda la baja de la prestación a través del Registro Electrónico.
COMUNICACIÓN A LA TGSS
Es un requisito indispensable puesto que durante el ERTE por COVID-19 se ha suspendido el pago de las cuotas de la Seguridad Social, por lo que se debe comunicar la nueva situación de los trabajadores. La misma se hará a través de la Oficina Virtual de la Tesorería.
En Laborantia trabajamos para Autónomos y Pymes. Estaremos pendientes sobre las posibles modificaciones sobre la cobertura de los ERTE por fuerza mayor que podría demorarse como mínimo al 31 de diciembre de 2020. Si quiere conocer en qué le afectan todos estos cambios no dude en llamarnos o contactar con nosotros.
Laborantia, especialistas en Autónomos y Pymes.